La denuncia de que la Policía y la Guardia Civil tienen «directrices» para efectuar un número de detenciones de extranjeros en situación irregular, en función de la población de cada distrito y sus niveles delincuenciales está haciendo ruido en la blogosfera. Se critica la existencia de estos cupos en el fondo y en la forma.

Un batallon de la Policia Nacional

Javier Casal se muestra indignado: «Según los sindicatos, establecer cupos para la detención de inmigrantes en ciertos barrios de la capital, no es una novedad. La primera reclamación la efectuaron el pasado mes de noviembre. ¿Quién lo ha consentido y por qué este asunto no ha saltado antes a los medios de comunicación? Lo desconozco. […] Hombre, de Silvio Berlusconi yo me espero cualquier cosa pero el giro del gobierno en esta materia, pasando de sellar alianzas internacionales y avalar regularizaciones masivas a soltar lastre -ahora que llegan vacas flacas- no parece muy edificante.»

Rafael García Almazan ironiza en su blog Kabila sobre cómo se aplican criterios capitalistas al tema de la inmigración: «cada día vamos perfeccionando más el sistema. Ahora aplicando las técnicas de dirección de empresa. Lástima que la policía no sea una empresa. Lástima que habría que mantener los mínimos principios éticos. Lástima que no se trata de captar clientes, sino de echar emigrantes. Lástima que se discrimine hasta en los pobres sinpapeles. Lástima que se premie esta vergüenza. La verdad es que si no fuera por estas pequeñas lástimas se podría decir que es una idea ingeniosa, contundente y rentable.»

En el blog El Jukebox consideran que «el ideólogo de semejante ocurrencia ha de ser alguien extremadamente tóxico por cuanto establece discriminaciones entre los propios extranjeros en función de la cuantía de su expulsión, en lugar de -por poner un ejemplo- sus antecedentes. Así, un merodeador magrebí tiene más posibilidades de acabar detenido que un profesional albano-kosovar, por recurrir a dos clichés.[..] En cuanto al asunto de la eficacia, la cuestión es: ¿qué problema se pretende resolver exactamente de esta forma?»

Roberto García Fernandez comenta la denuncia y critica: «Cerrojazo. Cuidado inmigrantes. España ya no os quiere. Que asco de vida. Unir delincuencia, poblacion e inmigración es una indignidad más

En Guerreros de la singularidad extrapolan las ordenes policiales a otros ámbitos: «Sin tener en cuenta lo inconstitucional de esta medida, y que atenta contra los derechos humanos, me pregunto qué más cosas harán que rozan el límite entre lo ilegal y lo legal. Me vienen a la mente el aumento de multas de tráfico y los rumores que dicen que se produce por un aumento del afán recaudatorio. Todo un desbarajuste ocasionado por uns políticos y unas autoridades que estan perdidas en este nuevo entorno, en el que el dinero no les llueve del cielo, y deben trabjar duro para ganárselo.»

En el blog Profesor en la secundaria, hace un reflexión general sobre el asunto: «da mucho que pensar. Hay mucha gente que viene a ganarse la vida honradamente, atendiendo a personas mayores, o a trabajar en la construcción, o en el servicio doméstico. Algunos no tienen regularizada su situación. Ahora con la crisis se dice que el trabajo para los españoles, se asocia inmigración a delincuencia, y se entiende, en los foros que he visitado, la acción de la policía en la búsqueda de ilegales, equiparándolos a violadores o malhechores.»

En los comentarios de Público, se puede leer esta reflexion: «acciones ilegales y violadoras de los derechos humanos como son estas cuentan con el apoyo mayoritario de la poblacion que no ven que el problema laboral no es responsabilidad de los sin papeles, o los extranjeros es de los empresarios y los politicos españoles. La gente se queja de que los sin papeles bajan el sueldo de las personas, porque cobran menos. ¿Pero acaso no hay una legislacion al respecto sobre contrataciones? ¿Y acaso esa ley no es violada por quienes contratan? ¿Por que culpan a los que estan desesperados por sobrevivir y dejan libres a los que explotan y esclavizan a personas?».

En webs como Meneame, la noticia ha generado muchos comentarios. Varios internautas defienden la medida, pero en general las reflexiones son de rechazo: «¿Acaso existen las personas ilegales? Manda huevos que nos enfrentemos personas normales con personas normales que llevan uniforme. La culpa es de los que marcan las pautas a seguir.» «Es una autentica verguenza, es cómo abrir un coto de caza. El que detenga más inmigrantes será el ganador o que? Porque éste documento no hace más que confirmar lo que todos sospechábamos, para los que mandan los inmigrantes no son más que animalillos cuya población hay que regular.»

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3 Replica a este post
  1. Este es el mejor indicador de que la política de inmigración no resulta efectiva en nuestro país; ni la > es buena, ni son plausibles las deportaciones en masa. La racionalidad y no la coyuntura deben regir la política que se aplique en este delicado campo. Lo que debe hacer un Estado con los imnigrantes que llegan no puede basarse en medidas-pache o simples estadísticas. En definitiva: falta racionalidad y sobra oportunismo.

  2. Hay muchas cosas que últimamente se están haciendo muy mal, los cupos de detención de inmigrantes, el abuso con las multas de tráfico, ministros que cazan sin licencia y con su amigo el juez…

  3. La concreta actuación policial consistente en conducir a Comisaría a aquellos ciudadanos extranjeros que, estando documentados, no acreditan en el control de identificación su estancia regular en España no está prevista legalmente. En ese sentido, una detención de estas características podría ser constitutiva de un delito de detención ilegal por funcionario público castigado con una pena de prisión de hasta seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de ocho a doce años (art. 165, en relación con el art. 163 CP).
    De igual modo, la concreta actuación policial consistente en la realización de controles de identificación indiscriminados en lugares públicos con el único objetivo de localizar ciudadanos extranjeros en situación de estancia irregular en España no cuenta con cobertura legal. Ello determina que esta actuación pueda ser constitutiva de un delito de coacciones castigado con una pena de prisión de hasta tres años o multa de hasta veinticuatro meses (art. 172.1 CP). Por último, la utilización en los requerimientos de identificación de los rasgos étnicos u otros signos externos distintivos de nacionalidad como criterio de selección supone una vulneración de la prohibición de trato discriminatorio por motivos raciales o de origen. Ello puede suponer la comisión de un delito contra los derechos individuales castigado con una pena de inhabilitación especial de hasta cuatro años (art. 542 CP).
    En cualquier caso, cualquiera de estas conductas también podría ser considerada merecedora de responsabilidad disciplinaria. A estos efectos, también debe destacarse que el art. 5.1.d) de la LOFCS establece que ??en ningún caso, la obediencia debida podrá amparar órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a la Constitución o a la Leyes?.