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Advertencia al lector: Esta información es una nota de prensa enviada por la Ong a nuestra redacción.
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Amnistía Internacional, a través de www.actuaconamnistia.org, pide al Senado español que presente enmiendas al actual proyecto de reforma de la Ley de Asilo antes de su aprobación

El Senado no debe convertir el asilo en una víctima de las políticas comunitarias obsesionadas con el control migratorio y el cierre de fronteras

Madrid.- Yasiff y Laila (nombres ficticios) sufrían constantes amenazas por parte de los Talibanes en Afganistán, hasta el punto de tener que huir finalmente hacía el vecino Pakistán. El delito que cometieron fue tener ideas laicas y progresistas. Con el avance de los Talibanes también en Pakistán, las amenazas y persecución continuaron. Fue entonces cuando, en septiembre de 2007, el matrimonio decidió solicitar asilo en la embajada española en Pakistán. Un año más tarde, España les concedía el Estatuto de Refugiados.

Si la actual reforma de la Ley de Asilo española hubiera estado en vigor entonces, Yassif y su familia no habrían podido solicitar asilo ante la Embajada española, y tal vez no hubieran podido salir de Pakistán hacia un lugar seguro donde huir del acoso, la persecución y las amenazas de los Talibanes.

Por las miles de personas que, como Yassif y Laila, huyen de graves violaciones de derechos humanos en busca de protección internacional, Amnistía Internacional lanza en www.actuaconamnistia.org una ciberacción para instar a los diferentes grupos parlamentarios representados en el Senado español a no aprobar el Proyecto de Ley Reguladora del Derecho de Asilo y la Protección Subsidiaria, hasta que no se presenten las enmiendas adecuadas que garanticen que la Ley se ajusta escrupulosamente a la normativa internacional.

Este proyecto restringe considerablemente el mero hecho de poder acceder al derecho de asilo; es decir, a su solicitud como un derecho humano universal. Y de aprobarse, España no sería fiel a sus obligaciones internacionales con respecto a las personas solicitantes de protección internacional.

Las altas cifras de inadmisión de las solicitudes y los bajos índices de estatutos de refugiado reconocidos a los solicitantes ya hacen que nuestro país esté a la cola de Europa en la protección de víctimas de violaciones de derechos humanos.

España acababa el 2008 con la cifra más baja de estatutos de refugiado concedidos desde 2001. Sólo 151 personas han sido reconocidas como refugiadas, de un total de 4.516 personas que han acudido a nuestras fronteras y embajadas solicitando protección internacional. De aprobarse la reforma de la Ley de Asilo las cifras serán todavía más escandalosas y muchas personas perseguidas y amenazadas alrededor del mundo seguirán corriendo peligro.

Amnistía Internacional ya trasladó a los grupos parlamentarios en el Congreso y al Gobierno la profunda preocupación que suscitan algunos artículos de este Proyecto, y ahora urge al Senado español a garantizar que esta reforma de Ley no suponga un retroceso con respecto a la ley actual de asilo y un claro incumplimiento de la normativa internacional.

Más información
El Congreso de los Diputados aprobó, el pasado 25 de junio, el Proyecto de Ley Reguladora del Derecho de Asilo y la Protección Subsidiaria. Aunque el texto recoge algunos avances, -por ejemplo, en la protección de la persecución por género y orientación sexual, de las víctimas de trata, de quienes huyen de tortura, etc,-  también contiene una serie de disposiciones que, en la práctica, contribuirían a dificultar aún más el acceso de miles de personas a su derecho a la protección internacional. Entre otras preocupaciones, AI lleva meses resaltando las siguientes:

o    Se excluye el derecho a solicitar asilo a los ciudadanos europeos comunitarios. Esta limitación es contraria a la Convención de Ginebra que, en su artículo 3, prohíbe expresamente la discriminación por nacionalidad, ya que esto implicaría poner en peligro el carácter universal del ??derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país?; un derecho reconocido en la propia Constitución Española (artículo 13.4). De aprobarse la reforma propuesta, España daría por supuesto que en los Estados miembros de la UE, o en los que se incorporen en los próximos años, ni se producen ni se producirán en un futuro graves violaciones de derechos humanos.

o    Desaparece la posibilidad actual de pedir asilo ante una embajada o consulado españoles en terceros países. Esta medida es injustificada y de especial gravedad dados los enormes obstáculos que las personas que huyen de persecución encuentran hoy en día para viajar y acceder al procedimiento en territorio español.

o    Se incorporan fórmulas jurídicamente imprecisas, tales como ??constituir un peligro para la seguridad de España? o ??constituir una amenaza para la Comunidad?, que vienen a ampliar la lista de causas de exclusión del asilo, lo que es contrario a  la Convención de Ginebra.

o    Se crean diferentes procedimientos de tramitación que contribuyen a reducir las garantías para los solicitantes de asilo en función del lugar donde soliciten protección, de tal manera que, por ejemplo, los posibles solicitantes de asilo en frontera tendrán más dificultades para poder optar siquiera a solicitar la condición de refugiado.

o    Se incluye el concepto de ??tercer país seguro? como causa de inadmisión de la solicitud que vulnera la obligación, contemplada en la Convención de Ginebra, de estudiar cada caso de forma individual.

España está obligada a ofrecer protección internacional a las personas que huyen de graves violaciones de derechos humanos en sus países por la firma de la Convención de Ginebra y por la propia Constitución Española.

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