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Fernando Berlín, el autor de este blog, es director de radiocable.com y participa en diversos medios de comunicación españoles.¿Quien soy?english edition.

Sobre las identificaciones de la policía durante una manifestación, en andalucesdiario.es:

» ¿Cómo se identifica una persona que está ejerciendo su trabajo, en este caso el de periodista o fotógrafo? Según la Policía Nacional con un “carné de prensa”. El único problema es que ese carné no existe en España.

Y no existe porque “no hay una regulación de la profesión periodística, y la colegialización no es obligatoria. Por tanto, no se le puede exigir a ningún periodista o profesional de la comunicación“, explica Fernando Álvarez-Ossorio, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla que imparte clases de Derecho a la Información en la Facultad de Comunicación.

Rafael Rodríguez, presidente de la Asociación de la Prensa de Sevilla (APS), expone el mismo argumento: “En España no existe carné de periodista porque es una profesión de libre ejercicio, no está regulada”. “Lo que se quiere realmente es censurar“, destaca.

En muchas ocasiones lo que motiva que la policía exija el inexistente carné de prensa es la toma de fotografías o vídeo. “¿En virtud de qué un Policía dice que no se le puede hacer fotos?”, se pregunta Álvarez-Ossorio, que sostiene que “la discusión es la opuesta, ya que incluso deben ir identificados con su placa”. Obviamente “en un contexto de terrorismo no se publica la cara de un Guardia Civil, pero en una situación normal la policía es una autoridad pública”, añade. Diferente es que se haga un uso ilícito de esa imagen en su posterior difusión. Entonces “sí se podrán tomar medidas legales, pero no antes”, puntualiza el profesor.» [Leer texto completo aquí]

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