A raíz de la decisión de la Delegación del Gobierno en Madrid de prohibir las manifestaciones convocadas por el 8M, Amnistía Internacional respondió que «la prohibición general de las manifestaciones con motivo del 8M en Madrid viola el derecho de reunión pacífica».

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Según Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional, «las autoridades deben realizar una evaluación caso por caso, que contemple qué medidas pueden adoptarse para prevenir contagios, sin necesidad de prohibir la manifestación en su totalidad».

Recordaron que el Derecho internacional de los derechos humanos reconoce que pueden imponerse restricciones al derecho a la libertad de reunión pacífica para la protección de determinados intereses legítimos, como la salud pública. De hecho, dijo Beltrán, «Amnistía Internacional no cuestiona las restricciones al ejercicio del derecho a la libertad de circulación en estos momentos de pandemia. Sin embargo, la organización recuerda que cualquier medida que recorte libertades y derechos humanos debe cumplir estrictamente con el criterio de proporcionalidad y necesidad».

Amnistía Internacional advirtió que la prohibición general relativa a la celebración de manifestaciones es contraria al derecho de reunión pacífica. Y que, «tal y como recuerda el Relator Especial de Naciones Unidas sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, la restricción debe ser la excepción».

E insistieron en que los Estados «tienen la obligación de proporcionar un entorno propicio, incluso en tiempos de crisis, para la libertad de reunión, lo que incluye medidas para que estas reuniones pacíficas puedan tener lugar libremente y sin restricciones indebidas».

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